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REGISTRO DE OPERADOR DE DRONES / UAS

Un operador de UAS  (Unmanned Aircraft Systems, es decir Sistemas de Aeronaves No Tripuladas) es toda persona física o jurídica que utilice o tenga intención de utilizar uno o varios UAS, tanto para fines profesionales como recreativos (incluido aeromodelistas).

 

Con la entrada en aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión el pasado 31 de diciembre de 2020, todos los operadores de UAS que pretendan desarrollar actividades tanto recreativas como profesionales (incluidos aeromodelistas) deberán registrarse como operador cuando utilicen alguno de los siguientes tipos de UAS:

Utilicen en la categoría ‘abierta’ cualquier aeronave no tripulada:

Con una MTOM (“Maximun Take-Off Mass”, es decir “Masa Máxima al Despegue”)  de 250 g o más, o que, en caso de colisión, pueda transferir a un ser humano una energía cinética superior a 80 julios. Equipada con un sensor capaz de capturar datos personales, salvo que sea conforme con la Directiva 2009/48/CE (“Directiva de juguetes”). Utilicen una aeronave no tripulada de cualquier masa en la categoría ‘específica’, es decir, con la excepción de actividades no EASA: Lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, policía, aduanas, etc.

El registro debe realizarse en el Estado miembro de residencia o donde se desarrolle la actividad económica, no siendo posible estar registrado en más de un Estado a la vez.

El registro como operador de UAS en AESA (Agencia estatal de seguridad aérea) es gratuito y se realiza a través de su sede electrónica:

https://sede.seguridadaerea.gob.es/sede-aesa/catalogo-de-procedimientos/registro-y-declaraci%C3%B3n-de-operadores-de-uas

Este trámite será automático e inmediato si se emplea certificado digital.

La obtención de código de operador de UAS (registro como operador de UAS) es obligatorio también para los operadores habilitados en base a la Ley 18/2014 y Real Decreto 1036/2017 (excepto actividades NO EASA).

El número de registro de operador de UAS generado deberá incluirse en todos los drones del operador.

Conviene aquí recordar la necesidad de tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice, tanto con fines recreativos como profesionales.

 

destaka.net

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